Consejo Nacional Electoral

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lunes, 23 de marzo de 2015

Fundamento Jurídico

    Al pasar de los años se ha demostrado que los datos relativos al estado civil de las personas deben ser recogidos de modo fidedigno y custodiados en archivos oficiales, por lo cual se le dio el nacimiento a los registros civiles, ya que esta es una de sus funciones principales. La Ley Orgánica del Registro Civil (2009), señala en su artículo 2, la finalidad que posee el Registro Civil y es lo siguiente:
1. Asegurar los derechos humanos a la identidad biológica y la  identificación de todas las personas. 
2. Garantizar el derecho constitucional de las personas a ser inscritas en el Registro Civil. 
3. Crear un Sistema Nacional de Registro Civil automatizado. 
4. Brindar información que permita planificar políticas públicas  que faciliten el desarrollo de la Nación.
    En cuanto a lo expresado en el artículo 23 de la Ley de Registro Público y del Notariado respecto a la misión de los Registros se establece que es garantizar la seguridad jurídica de los actos y de los derechos inscritos, con respecto a terceros, mediante la publicidad registral.

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